Me han despedido, ¿Tengo derecho a la indemnización por despido y al paro?

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indemnización por despido

Me acaban de despedir de mi empresa, ¿Podre pedir la prestación por desempleo?, ¿Tengo derecho a recibir una indemnización por despido?,¿Y el finiquito… es lo mismo que la indemnización?

Cuando estamos pasando por el mal trago de un despido, lo primero de todo es afrontarlo con tranquilidad y buen hacer. Aunque es muy importante saber qué hacer, cómo actuar, revisar bien los documentos, saber que papeles estás firmando y sobre todo conocer tus derechos y tus obligaciones.

En ese momento mil preguntas te vienen de golpe… ¿El finiquito que incluye exactamente?, ¿Podré pedir la prestación por desempleo?, ¿Tengo derecho a recibir una indemnización por despido?. Para contestar todas esas dudas y que no te sientas perdido a lo largo de todo este proceso desde Legalint te traemos unas cuántas claves que te ayudarán si tienes que pasar por un momento así:

Indemnización por despido:

La indemnización por despido es un derecho laboral de todos los trabajadores, pero… ¿Qué contiene?
Contiene o hace referencia a la cantidad de dinero que la empresa o el empleador debe ofrecer al empleado por el cese del contrato de trabajo antes del tiempo establecido.

¿En que casos tengo derecho a recibir la indemnización por despido?

En España actualmente podrás recibir la indemnización por despido si el despido es improcedente u objetivo .
Para calcular la cuantía exacta de la indemnización se tiene que tener en cuenta: la antigüedad en la empresa, el salario y las causas del despido.

Tipos de indemnización:

  • Despido objetivo: En este caso la indemnización será de 20 días por año trabajado. Este tipo de despido es el que se justifica sin que sea culpa del empleado o del empleador. Como por ejemplo… motivos económicos, o de producción de la empresa.
    El pago será de 20 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.
  • Despido improcedente: En este supuesto la indemnización será de 33 días por año trabajado. Este supuesto se da cuando hay un despido improcedente y el contrato del trabajador sea posterior al 12 de Febrero de 2012; En este caso el pago será de 24 mensualidad máximo y 33 días de salario por año trabajado.

¿Finiquito e indemnización es lo mismo?

La respuesta a esa pregunta es NO, no es lo mismo, la indemnización es una cantidad de dinero que tiene que dar el empleador por el cese de trabajo antes del período estipulado en el contrato, y no siempre se tiene derecho a ella; Sin embargo el finiquito se debe de recibir siempre que se finalice un contrato de trabajo, ya sea un despido objetivo, improcedente o una renuncia del empleado.

¿Cómo se calcula el finiquito?

Para calcular el finiquito entran en juego varios factores:

  • El salario de los días trabajados ese mes: La empresa debe de pagarte el salario correspondiente a los días que has trabajado ese mes, como si se tratara de un sueldo normal.
  • Las horas extra: Si has realizado horas extra que aún no te han pagado, es el momento de recibirlas.
  • Las vacaciones no disfrutadas: Si tienes días de vacaciones no disfrutadas que te pertenecen, deben de pagártelos.
    Y si por el contrario has disfrutado días de más de vacaciones que los que te corresponden hasta la fecha, se te descontarán de tu finiquito.

¿Y la prestación por desempleo?, ¿Cuándo puedo disfrutarla?

Tras haber perdido el trabajo, el trabajador tiene derecho a la prestación por desempleo siempre y cuando tenga cotizados como mínimo 360 días en los últimos 6 años.
Pero si el trabajador no ha sido despedido, si no que ha sido una baja voluntaria o un periodo de prueba no superado no se tendrá derecho a solicitar la prestación por desempleo.

Para poder disfrutar de la prestación por desempleo tienes que solicitarla en los 15 días hábiles , es decir si te despiden un 5 de Febrero, empiezan a contar desde el día 6 los 15 días.

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