
¿Que legislación está en vigor actualmente?, ¿Es obligatorio el uso del casco?, ¿Mi patinete tiene que estar matriculado y con seguro?, ¿Por que me pueden multar cuando voy en patinete? A continuacón os dejamos la nueva normativa de los patinetes eléctricos
Nuevo Real Decreto de la DGT:
En este año y debido a la proliferación de patinetes en las ciudades la DGT ha aprobado un nuevo decreto para regular el uso de este vehículo, los puntos más importantes de la nueva normativa de uso de los patinetes eléctricos son:
- No se podrá circular con patinetes eléctricos por las zonas peatonales y las aceras. Tampoco se podrá circular por vías interurbanas, autopistas, autovías, y travesías que comuniquen poblaciones. Y queda prohibida también la circulación por túneles urbanos.
- El casco es OBLIGATORIO con cualquier patinete eléctrico desde Septiembre de 2021.
- La velocidad máxima permitida será de 25 km/h. Superar esta velocidad tendrá sanciones de 500€ y la inmovilización del vehículo.
- Se prohíbe circular con el patinete eléctrico cuando hemos bebido alcohol, o con los auriculares puestos.
- Se prohíbe transportar a otra persona en el patinete, ya que es un vehículo uni-plaza.
¿Tengo que usar obligatoriamente casco cuando voy en mi patinete eléctrico?
Debido al incremento del uso del patinete eléctrico como medio para moverse por los entornos urbanos, han aumentado los accidentes en las vías urbanas. Por lo cual la DGT ha reconocido que el casco es la principal medida de protección para conductores de bicicletas, patinetes, etc… Y desde Septiembre de 2021 es obligatorio su uso si vas a moverte en un patinete eléctrico.
¿Hay que contratar un seguro para patinetes, obligatoriamente?
Hasta ahora sólo es obligatorio tener un seguro para patinetes eléctricos en Alicante, Almería y Barcelona. En los demás sitios no es obligatorio contratarlo, la DGT ha manifestado que es recomendable tener un seguro como medida de protección personal y de terceros.
Si vas a usar tu patinete eléctrico sin seguro,debes de tener en cuenta que se recomienda asegurarlo como medida de protección
Según la legislación actual… ¿Por dónde puedo circular?
Por norma general debemos de circular con nuestro patinete eléctrico por el carril bici, siempre y cuando no superemos los 30km/h.
El Gobierno prepara un Real Decreto sobre VMP (Vehículos de Movilidad Personal), con algunas novedades:
- La velocidad estará limitada entre los 6 km/h y los 25 km/h.
- No están obligados a contratar un seguro porque no se considera que sean vehículos a motor.
- No se podrá circular por vías interurbanas.
- Necesitará permosp de circulación.
- No se oblgará a matricularlos.
¿Qué multas ha anunciado la DGT para los conductores de los patinetes eléctricos?
La DGT ha regulado el uso de los patinetes eléctricos, con normas y multas creadas específicamente para este tipo de vehículo, las más importantes serían:
- Conducir un patinete habiendo consumido alcohol supondría una multa de entre 500 y 1000€, e inmovilización del vehículo.
- Si consumes drogas y conduces el patinete serian unos 1000€ de multa, y la inmovilización del patinete.
- Negarse a realizar las pruebas de alcohol y drogas puede llegar a considerarse delito.
- Usar el movil mientras conduces un patinete: 200€
- Utilizar auriculares mientras se conduce: 200€ de multa.
- No usar casco mientras se conduce el patinete eléctrico: 200€
- Conducir por aceras y zonas peatonales : 200€ de multa (Excepto si el municipio lo permite expresamente).
- Ir dos personas en un patinete: 100€
- No llevar luces en el patinete, y no usar prendas reflectantes: 200€ de multa.
A grandes rasgos, estas son las normativas y los usos más importantes de los patinetes eléctricos. Si quieres saber más ponte en contacto con nosotros, y te ayudaremos en todo.
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