¿Qué son las tarjetas revolving? ¿Alguna de mis tarjetas de crédito es de ese tipo?, ¿Cómo puedo anularlas? En el blog de hoy resolvemos todas tus dudas respecto a la tarjetas revolving:

Tarjeta revolving, ¿Qué es?
Una tarjeta revolving, o abusiva, es un tipo de tarjeta de crédito que aplaza automáticamente el pago de las compras, para que en vez de pagar a mes vencido como en una tarjeta de crédito común, o al contado como en una débito las compras se paguen a plazos y obviamente aplicando intereses.
El principal problema del uso de esta tarjeta es que los intereses que se le aplican a los «cómodos plazos» que indican los bancos son muy altos.
Además como puedes gastar más de lo que realmente tienes, puedes caer en una espiral de deudas de la cual no puedas salir.
¿Cómo funcionan?
La tarjeta revolving te permite comprar sin importar el dinero que tengas en tu cuenta bancaria, si tienes 10 y gastas 20 no pasa nada, el banco te realiza un crédito al consumo materializado a través de la tarjeta revolving.
Para que puedas devolver al banco el saldo del crédito revolving hay dos maneras:
- Pagar un porcentaje: puedes estabecer este método como forma de pago, tendrás que abonar un porcentaje fijo del saldo que debes cada mes. Suele haber un porcentaje mínimo y uno máximo que oscila entre el 5 y el 25%. Si el porcentaje aplicado es de un 5% implica que el usuario tiene que devolver cada mes un 5% de la deuda que tenga acumulada hasta entonces.
- Pagar una cantidad fija: Los clientes que tengan esta forma de pago significa que abonaran una cuota fija mensual hasta que salden la deuda.
Este tipo de tarjetas hay que decir que también permiten la devolución de la totalidad del crédito a mes vencido (es decir funcionarían como una tarjeta de crédito normal). La cuestión es que si pagas así no habría intereses, con lo cual esa forma los bancos no la promocionan por que no les interesa.
¿Dónde dice si voy a pagar a plazos o con un porcentaje mínimo? En el contrato de la tarjeta, ahí viene la forma de pago, los intereses que se aplican…
En resumen la tarjeta funciona como un fondo extra condinero, puedes disponer de él y luego tienes que reponerlo… Según lo vayas reponiendo vuelve a aumentar el crédito al que tienes acceso… Por eso estas tarjetas se comercializan como un método de pago en cómodos cuotas o plazos.
¿Puede tener riesgos este tipo de tattoo?
Cómo hemos indicado antes tiene el mismo riesgo que un préstamo preconcedido.
Algunos de esos riesgos son:
Potencian el consumo:
El consumidor puede disponer del crédito siempre, y debe usarlo de forma responsable, hay que acordarse que cada euro devuelto se convierte en un euro disponible para que te presten otra vez, si haces eso como nunca devuelves el total de la deuda siempre quedarán remanentes que generen deuda y por lo tanto intereses, y así no te la podrás quitar nunca de encima.
Los bancos suelen incentivar este tipo de tarjetas, para cobrarte durante largos períodos de tiempo intereses exorbitados.
En definitiva, el cliente acaba arruinándose y entrando en un bucle del cual no podrá salir nunca
Los intereses son exageradamente altos
Los intereses superan el 25% TAE en muchos casos, y el 20% TAE en la práctica totalidad de ellos.
Es precisamente este elevado interés lo que ha hecho que el préstamo preconcedido asociado a la tarjeta revolving se considere un crédito usurario, y pueda reclamarse mediante la aplicación de la Ley de Usura de 1908 (Ley de Azcárate).
Comercialización poco transparente
Esta tarjeta se ha comercializado de forma muy poco transparente, violando la Ley de Condiciones Generales de Contratación y los requisitos de transparencia.
Los bancos se encargan de comercializar las tarjetas destacando en sus folletos la forma clara y la expedición gratuita, mientras que al mismo no se pronunciaban sobre los intereses que van asociados a ella, en muchas casos al letra era ilegible en el reverso del contrato o las frases eran de una estructura muy compleja para dificultar la compresión del lector.
Hay muchas sentencias donde se refleja esta práctica, como ejemplo os dejamos el siguiente extracto de una sentencia:
Asimismo existen elementos que permiten igualmente considerar dicho crédito como usura por la inexperiencia del propio actor, aspecto que queda evidenciado con el propio contrato (reflejado como documento 2 de la contestación a la demanda) en el que ninguna referencia consta al TAE en la primera hoja (exclusivamente referencia sucinta a tarjeta Citi Oro con un importe de 70 € tachado seguido de la palabra GRATIS en mayúscula) teniendo que acudir al reverso donde en el Anexo, en una letra cercana a ser ilegible incluso en formato digitalizado puede distinguirse Tipo Nominal Anual para Compras 24% , TAE 26,82%, evidenciando el interés de la demandada ( de su predecesora en mayor exactitud ) para que el tipo de interés aplicable no resulte claramente identificable, aspecto que contrasta con el precio de adquisición de la tarjeta donde puede leerse claramente la expresión gratis anteriormente referida
Sentencia 192/2019 del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de Ocaña
¿Cómo reclamar una tarjeta revolving?
Hay varias vías para reclamar las tarjetas revolving:
Reclamación de tarjetas revolving a través de la Ley de Usura
Los elevados intereses que se aplican con estas tarjetas permiten su impugnación por aplicación de la Ley de Usura.
Esta es la vía de reclamación de tarjetas revolving más habitual desde que la Sentencia del Tribunal Supremo n.º 628/2015, de 25 de noviembre, declaró que las tarjetas revolving pueden resultar usurarias.
Reclamación de tarjetas revolving por falta de transparencia
Se puede anular una tarjeta revolving si se ha comercializado sin ofrecer la información debida, hay que tener en cuenta que la jurisprudencia exige un doble control de incorporación y transparencia cuando se celebran ciertos contratos.
- El control de incorporación se regula en los artículos 5 y 6 de la Ley de Condiciones Generales de Contratación. Dice que se informe específicamente acerca de este tipo de condiciones, y que deben redactarse de forma transparente, clara, concreta y sencilla.
- El control de transparencia está regulado en los artículos 3.1 y 4.2 de la Directiva 93/13/CEE. Determina la nulidad de una cláusula que no se negociaran individualmente y cause un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes. En este sentido, el consumidor debe conocer las consecuencias jurídicas y económicas del negocio. No basta, por tanto, con una mera información, sino con el entendimiento real de la relevancia de esta cláusula en el contrato. Y ello porque no comprender esta relevancia supone un error en el consentimiento del consumidor.
- En sintonía con lo anterior, pesa un especial deber de diligencia sobre el banco a la hora de informar sobre la trascendencia de estas cláusulas. Entre otras normas, resulta aplicable la normativa MiDFID II, la Ley del Mercado de Valores y el RD 217/2008. Este deber de diligencia es particularmente difícil de cumplir en un producto como la tarjeta revolving, donde no puede ofrecerse un cuadro de amortización previo dado el carácter variable del crédito.
En definitiva, existen vías para reclamar una tarjeta revolving y recuperar lo pagado de más. La principal es la ley de usura, que permitirá que un abogado especialista en reclamación de tarjetas revolving pueda recuperar el dinero del cliente afectado. Pero, sobre todo, lo mejor es estar bien informado antes de contratar productos de este tipo.
Reclamación extrajudicial de tarjetas revolving
Ante la avalancha de sentencias condenatorias en los tribunales algunas entidades financieras están empezando a negociar acuerdos con los consumidores afectados de forma extrajudicial.
Con anterioridad era muy complicado llegar a un acuerdo extrajudicial con las entidades financieras responsables de las tarjetas revolving. Fundamentalmente porque sabían que la mayoría de consumidores afectados no estaban en situación de asumir los costes económicos de reclamar judicialmente este tipo de préstamos y tarjetas, y además porque la mayoría de afectados desconocían que la ley y la jurisprudencia iba a estar a su favor.
Pero tras la aparición de despachos especialistas en reclamaciones de tarjetas revolving que solo cobran si la reclamación es exitosa, asumiendo el riesgo y sin necesidad de que el cliente adelante ningún dinero (como indemniza.me), la popularización en medios de comunicación de la abusividad de este tipo de productos financieras y sobre todo la contundente respuesta de los juzgados, algunas entidades financieras están empezando a dar su brazo a torcer para no tener que acudir a los juzgados.
Hay que tener en cuenta, eso sí, que ninguna entidad financiera realizará la devolución de dinero al cliente afectado por iniciativa propia. Es por lo tanto imprescindible que el consumidor inicie una reclamación.
Para reclamar extrajudicialmente debe ponerse en contacto con el Servicio de Atención al Cliente del banco o entidad financiera emisora de la tarjeta o préstamo revolving. El periodo máximo para contestar a la reclamación es de dos meses, y en caso de no recibir respuesta o de que esta sea negativa, el consumidor podrá acudir al Banco de España y presentar un recurso. El Banco de España tiene un plazo de cuatro meses para responder a dicho recurso.
Aunque no es necesario contar con la asistencia de un abogado especialista para hacer este tipo de reclamaciones extrajudiciales, es algo recomendable por los siguientes motivos:
- Es muy probable que si la entidad financiera acepta negociar extrajudicialmente ofrezca al consumidor, aprovechándose de su desconocimiento en materia jurídica, de un trato menos ventajoso del que legalmente le corresponde.
- También es probable que la respuesta se retrase más en el tiempo, dado que el banco no tendrá, por lo general, ninguna prisa por llegar a dicho acuerdo.
- Que la reclamación y negociación esté impulsada por un abogado garantizará la defensa de los intereses del consumidor, ya que el especialista conocerá perfectamente los derechos del consumidor y las obligaciones de la entidad.
- Además tratándose de un despacho especialista en esta materia, la entidad financiera sabrá de antemano que la reclamación va en serio y que si llega a la vía judicial la tendrá prácticamente perdida, por lo que tendrá un mayor interés en llegar a un acuerdo que evite ir a juicio.
Por lo tanto, contar con el asesoramiento jurídico de un profesional en la negociación extrajudicial no solo acelerará el proceso de reclamación de la tarjeta revolving, sino que además asegurará una mejor defensa de los intereses del consumidor y preparará el terreno para la fase judicial en caso de no alcanzar un acuerdo.
Reclamación judicial de la tarjeta revolving:
Si no se llega con la entidad emisora de la tarjeta a un acuerdo extrajudicial, la siguiente fase es acudir a los tribunales.
Normalmente reclamar este tipo de productos financieros tiene unas tasas de éxito elevadas.
No podemos hablar de plazos concretos, ya que desde la presentación de la demanda hasta que se admite a trámite por el juzgado competente el tiempo varía porque depende de la acumulación de los procedimientos y de la carga del trabajo de dicho juzgado. El tiempo de espera puede superar los 6 meses.
Cuándo se admite a trámite la demanda, el plazo para la celebración del juicio ordinario también puede retrasarse unas semanas, pero por lo general, una vez celebrado el juicio la sentencia se notifica rápido.
Para reclamar por vía judicial es obligatorio tener un abogado y un procurador. El abogado diseñará la estrategia más adecuada, utilizando cualquiera de los instrumentos legales que enunciamos a continuación:
- Usura
- Intereses abusivos
- Falta de transparencia
- Ausencia de consentimiento
- Error excusable
- Vicios del consentimiento
Habitualmente en la demanda se usarán de forma subsidiaria varios de esos instrumentos en la demanda para aumentar las opciones de éxito.
Que uno u otro mecanismos funcione dependerá de las condiciones particulares de contrato de préstamo y es en este punto donde la experiencia en este tipo de reclamaciones del abogado que represente al consumidor marcará la diferencia.
¿Cuánto plazo tengo para reclamar una tarjeta revolving?
Afortunadamente, y por si nos vemos afectados, no hay plazo máximo para reclamar una tarjeta revolving.
Es decir podemos reclamar aquellas tarjetas y créditos que hayan sido satisfechos hace años, sin un límite de tiempo.
Es decir que si tú has tenido una tarjeta revolving, puedes reclamarla, aunque ya se haya quedado satisfecho en un límite de tiempo, siempre y cuando esté todo pagado.
Este punto también quedo claro de acuerdo al Tribunal Supremo, que en su Sentencia nº 539/2009, de 14 de Julio, determinó la no prescripción de esta acción:
La nulidad del préstamo usurario, claramente establecida por el artículo 1 de la Ley de 23 de julio de 1908, comporta una ineficacia del negocio que es radical, absoluta y originaria, que no admite convalidación confirmatoria, porque es fatalmente insanable, ni es susceptible de prescripción extintiva.
STS n.º 539/2009, de 14 de julio
Las tarjetas revolving más famosas de España:
Tarjeta Wizink
Affinity Card
Barclaycard
TarjetaCetelem
Tarjeta Oney Alcampo
Carrefour Pass
Tarjeta IKEA
Bankinter Obsidiana / Bankintercard
Citibank
BBVA a tu ritmo
Caixabank Oro y Caixabank GO
BBVA Después
Tarjeta El Corte Inglés
Santander Consumer Finance
EVO Finance
Tarjeta Vodafone
Eroski Red.