La usurpación de la identidad en las redes sociales

Robo de identidad en redes sociales

Lo primero de todo es saber qué es la suplantación de identidad en internet:

El robo de identidad en redes sociales está a la orden del día, aunque en sí mismo no es un delito, el delito será lo que se haga con ese perfil robado. Seguro que muchas veces te has preguntado si hacerse pasar por otra persona en las redes sociales es delito, la respuesta es sí, aunque hay que matizar que la usurpación de identidad en una red social se tipifica como delito siempre y cuándo sea completa, continuada en e tiempo y se realicen acciones como si se tratase de la persona a la que han usurpado la identidad.

Es importante distinguir dos conceptos: suplantación y usurpación de identidad.

Es importante distinguir dos conceptos: suplantación y usurpación de identidad. La suplantación se vincula por ejemplo con la apertura de un perfil falso en redes sociales, existe un robo de derechos de la persona por la cual se hacen pasar, pero el usurpador no ha actuado como si fuera esa persona; En el caso de la usurpación existe apropiación de la identidad de la persona y la persona que le roba la identidad realiza actos fingiendo ser ésta.
La usurpación de identidad muchas veces va acompañada de otros delitos como pueden ser el hackering y el crakering.

¿Qué es el hackering y crakering?

El hackering es un delito que atenta contra el derecho a la privacidad, es decir que se revelan secretos y está recogido en los preceptos 197 y posteriores del Código Penal de 1995, el cual se modificó en la reforma del 2015.

El crakering es el robo de claves y contraseñas para provocar colapsos, bloqueos o daños en el sistema informático de la persona a la que han robado, a mayores pueden atentar también contra el derecho fundamental a la propia imagen recogido en el artículo 18 de la Constitución Española del 1978, o en la Ley Orgánica 15/1999 del 13 de Diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.

¿Qué puedo hacer si he sufrido un robo de identidad en redes sociales?

  • Denuncia la usurpación de la identidad en la plataforma de la red social (Todas las redes sociales poseen formularios o correos electrónicos de algún tipo para poder contactar para solucionar este tipo de imprevistos)
  • Imprimir o guardar los pantallazos que evidencien la usurpación y si hay contenido nocivo o inapropiado que se ha realizado en tu nombre debes levantar un acta notarial.
  • Por último debes interponer una denuncia en la comisaría o cuartel más cercano para evitar que te atribuyan actos que tú no has realizado. (Ten en cuenta que hay actos que aunque no hayas realizado tú, pueden comprometerte, para que esto no te salpique actúa con rápidez)
  • Consulta con un abogado tu caso y él te asesorará de la mejor manera posible.

¿Cómo puedo evitar un robo de identidad?

  • Utiliza contraseñas fuertes, que no se puedan vincular con nada de tu día a día (olvídate de fechas de nacimiento, lugares o ciudades) Pon Mayúsculas y minúsculas al azar y algún que otro número y símbolos para hacerla más robusta.
  • Si tú no has solicitado algún cambio de correo, número de móvil o similar a la red social y te llega algún correo electrónico NO RESPONDAS A NINGUNO DE ESOS CORREOS
  • No uses las redes Wi-Fi gratuitas.
  • No recomendamos que abras ningún perfil de ninguna red social en un ordenador público, ya que si no cierras correctamente la sesión cualquier persona puede acceder a él.

Distintas formas de usurpación de identidad dependiendo de la red social:

FACEBOOK:

En esta red social hay dos formas de usurpar la identidad de alguien: Mediante la creación de un perfil falso o hackeando el perfil real de la persona.

TWITTER:

En Twitter el mayor número de usurpaciones es mediante un hackeo de tu cuenta gracias al cual se hacen con tu usuario y contraseña.

INSTAGRAM:

  En esta red social lo normal es la creación de un perfil falso, o como en Facebook hackeando el perfil real de la víctima.

¿Qué consecuencias puede acarrear un robo de identidad en redes sociales?

Cómo hemos indicado al principio, la usurpación de identidad en una red social para que se tipifique como delito debe de estar completa, tener continuidad en el tiempo y el usurpador haya realizado acciones haciendo pasar por su víctima; Bien, si todo eso ha pasado una persona puede recibir penas por suplantación de diversa consideración pero hay que tener en cuenta:

  • El tipo de delito
  • El beneficio económico que se haya obtenido gracias a la suplantación
  • La extensión en el tiempo de la usurpación
  • El perjuicio para la víctima
  • Si el usurpador es reincidente.

La suplantación para cometer un delito de estafa puede ir de 1 a 3 meses de cárcel para estafas menores a 400€ y si supera esos 400€ hasta 3 años de cárcel. Por otro lado si se usurpa la identidad de otra persona para atentar contra su honor o revelar secretos personales, las penas pueden ser de 12 a 24 meses y prisión entre 1 y 4 años.

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